LAS PROVINCIAS 11-11-11 PAGINA 8
Absuelto al no probarse que los anabolizantes que recetó dañaran al paciente
El delito exige que el consumo de las sustancias «ponga en peligro concreto la salud del deportista»
Un médico de un centro de salud de Valencia ha quedado absuelto de un delito contra la salud pública -recetó anabolizantes a un paciente- porque no se ha demostrado que verdaderamente pusiera en peligro la salud del deportista, el hijo de unos amigos.
La Fiscalía solicitaba un año de prisión por estos hechos y otros tres de inhabilitación. Fue la Conselleria de Sanidad la que detectó el caso ya que disponen de un programa que alerta del uso fraudulento de este tipo de medicación.
El facultativo, con más de 35 años de experiencia, llegó a recetar hasta treinta fármacos de este tipo sin ninguna justificación terapéutica y sabedor de que su actuación se encuentra prohibida. El paciente, que practicaba deporte como aficionado, las utilizaba para mejorar su rendimiento en el levantamiento de pesas y culturismo.
El acusado admitió que recetó esos medicamentos pese a que conoce los efectos secundarios que pueden acarrear los fármacos, utilizados, en ocasiones, en procesos anémicos o debilitamiento. En numerosas recetas, la dosis prescrita era muy superior a la recomendada. Esto se hacía para que el deportista pudiera tener más fármacos a su disposición. De hecho, el producto sobrante lo repartía entre algunos de sus amigos.
El médico ha sido absuelto porque para que se produzca el delito, según el Código Penal, es requisito imprescindible que se ponga «en peligro la vida o la salud de quienes consumen dichas sustancias». Y en este caso no se pudo demostrar que esto realmente se produjera.
El juez del juzgado de lo Penal número 2 de Valencia, que llevó el caso, recurre a una sentencia de la Audiencia para argumentar su decisión. Así, «la nocividad del producto en sí misma no es suficiente para entender acreditada la existencia del ilícito penal». El delito requiere un paso más: una prueba de que el uso del fármaco pone en peligro la salud del deportista.
Sólo una posibilidad
Tanto en los informes periciales como durante la celebración del juicio, los expertos hablaron en todo momento de que esos fármacos «pudieron poner en peligro» o «pueden afectar». Siempre se referían a ello como una posibilidad.
Quizá la sentencia, tal y como se recoge en el documento, pudiera haber resultado con un fallo diferente si se hubiera tenido una prueba pericial médica «que determinara el contenido que tomó cada uno, la cantidad de cada dosis, el número de las mismas, la frecuencia con la que se tomaron y los efectos perjudiciales que dicha ingesta produjo en cada consumidor».
La resolución judicial acoge una de las tesis del abogado del acusado, Javier Boix, quien en el juicio reconoció el «grave error» de su cliente, pero insistió en que el castigo debía quedar únicamente en el ámbito administrativo. El letrado diferenció en la sala entre peligro concreto y peligro abstracto. En ningún caso se produjo el primero de ellos, lo que hubiera motivado una condena. «No ha habido pruebas directas de que se haya puesto en peligro su vida», dijo refiriéndose al paciente.